Contraloría - Dictamen N° 37498 2016
Dictamen Contraloría: Aplicación artículo 10 ley 18.918 a solicitudes jurídicas
Abstracto
La Contraloría General de la República aclara que el artículo 10 de la ley 18.918 no es aplicable a solicitudes de pronunciamiento jurídico dirigidas a este organismo, correspondiendo su actuación a sus facultades constitucionales y legales de fiscalización.
Resumen
- El artículo 9° de la ley N° 18.918 establece la obligación de los organismos de la Administración del Estado de proporcionar informes y antecedentes específicos solicitados por comisiones o parlamentarios debidamente individualizados en sesión de Sala o de comisión.
- El artículo 10 de la ley N° 18.918 prevé que el jefe superior del organismo de la Administración del Estado será responsable del cumplimiento de lo ordenado en el artículo anterior, y su infracción será sancionada por la Contraloría General de la República tras un procedimiento administrativo.
- La Contraloría General de la República, en virtud del artículo 98 de la Constitución Política, ejerce el control de la legalidad de los actos de la Administración.
- Según el artículo 6° de la ley N° 10.336, al Contralor le incumbe ...
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