Contraloría - Dictamen N° 38623 2016
Dictamen Contraloría: Deberes municipales de aseo, ornato y fiscalización a constructoras
Abstracto
La Contraloría ratifica que el aseo y ornato son funciones municipales exclusivas y que la participación vecinal no es obligatoria, instruyendo fiscalizar a constructoras por mantenimiento de espacios públicos.
Resumen
- Las funciones de aseo y ornato de la comuna, así como la administración de los bienes nacionales de uso público como parques y áreas verdes, son exclusivas y no delegables de las municipalidades, conforme a la Ley N° 18.695.
- Si bien la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y la Ley N° 18.695 promueven la participación comunitaria en la rehabilitación y saneamiento de áreas deterioradas, esta promoción no impone una obligación legal a los vecinos para el mantenimiento de árboles y áreas verdes públicas.
- Las ordenanzas municipales de aseo y ornato no pueden establecer requisitos o restricciones mayores que los legales, ni transferir funciones municipales esenciales a los particulares o vecinos.
- Los responsables de proyectos de construcción, reparación, modificación, altera...
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