Contraloría - Dictamen N° 45489 2016

Uso de subvenciones escolares para financiar adquisición de calidad de sostenedor

Abstracto

Dictamen determina que los recursos públicos recibidos por concepto de subvención escolar no pueden ser utilizados para financiar la adquisición de la calidad de sostenedor de un centro educativo, pues dicha operación no se encuadra en los fines educativos.

Resumen

  • Consulta sobre la posibilidad de costear con recursos públicos (subvención escolar) el financiamiento del crédito que tomaría para adquirir la calidad de sostenedor al transformarse en persona jurídica sin fines de lucro, de conformidad a los fines educativos establecidos en el artículo 2º, numeral 3), de la ley N° 20.845.
  • El Ministerio de Educación (MINEDUC) expone que la ley N° 20.845 introdujo la transferencia de la calidad de sostenedor como una excepción, permitiendo que los sostenedores se constituyan como personas jurídicas sin fines de lucro para percibir recursos del Estado.
  • El MINEDUC señala que el uso de los recursos públicos entregados como subvención escolar solo pueden destinarse a aquellos actos y contratos que tengan por objeto directo y exclusivo el cumplimiento de l...

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