Contraloría - Dictamen N° 46818 2016

Contraloría General se abstiene control de juridicidad por exención de toma de razón.

Abstracto

La Contraloría General se abstiene de ejercer control previo de juridicidad sobre un contrato de servicios de guardia, pues se encuentra exento de toma de razón según la resolución N° 1.600 de 2008.

Resumen

  • La Contraloría General de la República se ha abstenido de ejercer el control preventivo de juridicidad sobre un instrumento administrativo.
  • El instrumento en cuestión corresponde a la aprobación de un contrato celebrado con la empresa Work Service Ltda.
  • El objeto del contrato es la prestación del servicio de guardia de seguridad.
  • La abstención de ejercer el control de juridicidad se fundamenta en que el contrato se encuentra exento de 'toma de razón'.
  • La exención de 'toma de razón' se determina en consideración al monto de la contratación, tal como se prevé en la cláusula segunda del convenio.
  • La base normativa que establece esta exención es el número 9.2.2 del artículo 9º de la resolución N° 1.600, de 2008, emitida por la Contraloría General.
  • La resolución que aprueba el con...

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