Contraloría - Dictamen N° 58071 2016
Dictamen Contraloría: Pago a exservidora a honorarios por tiempo trabajado
Abstracto
La Contraloría General determina que una exservidora a honorarios de municipalidad solo tiene derecho al pago de remuneraciones por el tiempo efectivamente trabajado, no por el período completo del contrato si no prestó servicios.
Resumen
- El personal contratado a honorarios en municipalidades se rige por el respectivo acto administrativo y no por el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (Ley N° 18.883, art. 4º).
- Las personas contratadas a honorarios en la administración pública no ostentan la calidad de funcionarios.
- El contrato de honorarios constituye el marco de las prerrogativas y obligaciones de las partes, vinculante según el derecho común.
- Los contratados a honorarios solo tienen derecho a los beneficios expresamente establecidos en su contrato.
- El contrato de Claudia Venegas Ortega con la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda fijó una jornada de lunes a viernes, 09:00 a 15:00 horas.
- La exservidora Claudia Venegas Ortega admitió no haber prestado servicios en febrero de 2016.
- El pago de r...
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