Contraloría - Dictamen N° 65039 2016
Interpretación del derecho a asignación de casa para personal de las Fuerzas Armadas
Abstracto
La Contraloría determina que la asignación de casa militar solo procede si el funcionario acredita mayores gastos por no habitar vivienda fiscal, y no si su cónyuge ya la percibe, ajustándose a derecho la suspensión del pago.
Resumen
- La asignación de casa para el personal de las Fuerzas Armadas se rige por el artículo 185, letra f), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.
- Este beneficio se otorga a los servidores que, estando casados (o solteros/viudos con cargas familiares legalmente reconocidas), no ocupan casa fiscal o proporcionada por el Fisco.
- La finalidad de la asignación de casa es de carácter compensatorio, buscando auxiliar económicamente al funcionario por las mayores expensas en que deba incurrir al no habitar un inmueble fiscal o proporcionado por el Estado.
- La asignación de casa deja de tener causa legal y justificación cuando el funcionario no se ve obligado a efectuar gastos adicionales para procurarse un inmu...
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