Contraloría - Dictamen N° 71330 2016
Aplicación de inhabilidad sobreviniente a funcionaria de salud municipal
Abstracto
Dictamen que desestima la solicitud de reconsideración de una funcionaria de salud municipal, ratificando la inhabilidad sobreviniente al no acreditarse la continuidad de servicio exigida por la Ley N° 18.575.
Resumen
- La Ley N° 18.575, en su artículo 54, letra b), establece que no pueden ingresar a cargos en la Administración las personas que tengan la calidad de hijos respecto de autoridades y de los funcionarios directivos del organismo de la administración civil al que postulan, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente.
- El artículo 64, inciso primero, de la Ley N° 18.575 dispone que las inhabilidades sobrevinientes deben ser declaradas por el afectado a su superior jerárquico dentro de los diez días siguientes a su configuración.
- El mismo artículo 64, inciso primero, de la Ley N° 18.575 indica que si la inhabilidad sobreviniente deriva de la designación posterior de un directivo, el subalterno tiene que ser destinado a una dependencia en que no exista relación de subordinación, s...
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