Contraloría - Dictamen N° 72298 2016

Análisis legal sobre término de servicio activo de reservista del Ejército

Abstracto

La Contraloría analiza la legalidad del cese de servicio activo de un reservista del Ejército, determinando la necesidad de un decreto supremo motivado y la aplicación del principio de irretroactividad.

Resumen

  • Un reservista del Ejército solicitó a la Contraloría General un pronunciamiento sobre la legalidad de su cese del servicio activo.
  • El artículo 49, letra b), del decreto ley N° 2.306 de 1978 faculta al Presidente de la República, a proposición de la Dirección General de Movilización Nacional, para llamar a personal de reserva al servicio activo en las Fuerzas Armadas.
  • El artículo 56 del decreto ley N° 2.306 de 1978 permite que el llamado al servicio activo sea por tiempo indefinido o por el lapso que determinen las necesidades institucionales.
  • El término del llamado al servicio activo se materializa a través de un decreto supremo.
  • Dicho decreto supremo debe ser emitido por el Ministro de Defensa Nacional, bajo la fórmula "Por Orden del Presidente de la República", conforme al artí...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora