Contraloría - Dictamen N° 72308 2016
Dictamen sobre cese de servicio activo de reservistas y sus efectos
Abstracto
La Contraloría determina que el cese de servicio activo de reservistas requiere decreto supremo motivado; la promoción es mera expectativa. El desvinculado no se ve impedido de retiro por 30 años de servicio ni vulnera su derecho al trabajo.
Resumen
- El término del llamado al servicio activo en el Ejército se formaliza mediante la dictación de un decreto supremo emitido por el Ministro de Defensa Nacional, bajo la fórmula "Por Orden del Presidente de la República".
- La promoción para el personal militar constituye una mera expectativa que se concreta solo cuando la autoridad correspondiente dispone la emisión del acto administrativo que la formaliza.
- Se analizan las solicitudes de pronunciamiento de tres reservistas del Ejército sobre la legalidad de sus ceses del servicio activo.
- El Comando de Personal del Ejército informó que los oficios comunicando la solicitud de retiro de los recurrentes solo pretendían informar sobre la petición de sus desvinculaciones, dado que los actos administrativos pertinentes aún no habían sido emit...
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