Contraloría - Dictamen N° 72405 2016
Dictamen Contraloría: Compensación feriado no utilizado salud y remuneraciones post-destitución.
Abstracto
Dictamen establece que no procede compensación pecuniaria por feriado no utilizado si no se gozó antes de la destitución, pero ordena revisar pago de remuneraciones adeudadas al ex funcionario.
Resumen
- El derecho a feriado, definido en el artículo 102 de la ley N° 18.834 (aplicable en virtud del artículo 22 de la ley N° 15.076), constituye un descanso anual remunerado para el funcionario público.
- Este beneficio se concede a quienes ostentan la calidad de funcionarios y mientras mantengan dicha condición; si el desempeño laboral termina por cualquier motivo antes de gozar del feriado, este derecho se extingue.
- No procede exigir compensación pecuniaria por feriado no utilizado al término de la relación laboral, ya que la ley N° 18.834 no contempla dicha eventualidad, conforme a lo previamente establecido en dictámenes anteriores.
- Un ex-profesional del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak reclamó el pago de remuneraciones que se le adeudaban tras su desvinculación.
- El int...
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