Contraloría - Dictamen N° 72986 2016
Dictamen sobre suplencia, subrogancia y remuneraciones en Ley 18.834
Abstracto
La Contraloría General define suplencia y subrogancia según la Ley 18.834, determina que el desempeño fue como subrogante y ordena regularizar un error en el cálculo de previsión social adeudado al funcionario.
Resumen
- La suplencia, conforme al artículo 4º, inciso tercero, de la Ley N° 18.834, aplica a funcionarios designados formalmente en calidad de suplentes para ocupar cargos vacantes o no desempeñados por el titular por un lapso no inferior a 15 días.
- La subrogancia opera de pleno derecho, de manera automática, cuando un empleado asume las funciones del titular o suplente por impedimento de estos, según el artículo 4º, inciso final, de la Ley N° 18.834.
- La figura de la suplencia requiere un acto administrativo formal de la autoridad competente que exprese inequívocamente la intención de designar a un funcionario en dicha calidad.
- A diferencia de la suplencia, la subrogancia no precisa de una orden de autoridad específica, sino que opera automáticamente por ministerio de la ley ante la ausenc...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora