Contraloría - Dictamen N° 74601 2016

CAPREDENA puede descontar de pensiones deudas con cooperativas sin autorización

Abstracto

Dictamen establece que, a partir de la ley N° 20.881, CAPREDENA puede descontar de pensiones deudas con cualquier cooperativa, sin requerir autorización del afiliado hasta un límite legal. Esta norma aplica a deudas contraídas desde el 6 de enero de 2016.

Resumen

  • Un pensionado consultó si CAPREDENA podía descontar de su pensión cuotas de ahorro, sociales y créditos impagos contraídos con una cooperativa sin su autorización.
  • La normativa legal exige que las deducciones sobre las pensiones cuenten con autorización de una norma de rango legal, la cual puede fijar límites al monto a deducir.
  • La ley N° 20.881, en su artículo 3°, modificó el artículo único de la ley N° 18.108, que rige descuentos para el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros.
  • La modificación eliminó la restricción de que los descuentos a personal de FF.AA. y Carabineros solo procedieran para deudas de consumo o vivienda con cooperativas.
  • Los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas y el General Director de Carabineros pueden fijar y modificar los montos máximos de ...

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