Contraloría - Dictamen N° 76198 2016

Dictamen sobre Potestad Invalidatoria Administrativa en Licitaciones Públicas

Abstracto

La Contraloría establece que la Administración tiene la potestad invalidatoria de sus actos, debiendo considerar el interés público y obviar irregularidades formales menores en licitaciones, sin perjuicio del control preventivo de adjudicación.

Resumen

  • La Administración posee la potestad de invalidar sus propios actos cuando estos adolecen de un vicio de legalidad, conforme al criterio de la Contraloría General.
  • La potestad invalidatoria administrativa debe ejercerse ponderando los antecedentes y el vicio de legalidad, sin perjuicio de la impugnación judicial posterior del acto.
  • El procedimiento de invalidación de un acto administrativo, como el de apertura de ofertas en una licitación pública, debe ajustarse a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley N° 19.880.
  • Los actos de adjudicación en licitaciones públicas sujetas al procedimiento de "toma de razón" por la Contraloría General serán examinados en su legalidad durante dicho control preventivo.
  • La Contraloría General ejerce un control preventivo de juridicidad sobre los acto...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora