Contraloría - Dictamen N° 79442 2016
Acceso a información pública: respuesta obligatoria de entidades estatales
Abstracto
La Contraloría General instruye al Hospital de Urgencia Asistencia Pública a responder formalmente a un requerimiento de información, aplicando el derecho de petición y la Ley de Transparencia, indicando al Consejo para la Transparencia como instancia de apelación.
Resumen
- La funcionaria Sandra Miranda Candia denunció ante la Contraloría General la falta de respuesta formal del Director del Hospital de Urgencia Asistencia Pública a su requerimiento de información y documentación sobre normativas internas del sistema SAMU.
- El Hospital de Urgencia Asistencia Pública no remitió el informe solicitado por la Contraloría General respecto a la denuncia presentada por la funcionaria.
- El derecho de petición, consagrado en el artículo 19, N° 14 de la Constitución Política, impone a los entes públicos la obligación de responder formalmente a las solicitudes de los administrados.
- Las respuestas de los entes públicos a las solicitudes deben ser una determinación sobre lo pedido, sea acogiendo, denegando, o declarando la falta de competencia.
- El artículo 10, inc...
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