Contraloría - Dictamen N° 89857 2016
Contraloría rechaza pago de obra extraordinaria en contrato a suma alzada
Abstracto
La Contraloría rechaza reconsideración para pagar obra extraordinaria por planta de tratamiento en contrato a suma alzada, determinando que debió ser prevista por el contratista según planos y especificaciones.
Resumen
- En contratos de obra pública a suma alzada, las obras extraordinarias se definen como aquellas que se incorporan o agregan al proyecto para llevar a un mejor término la obra contratada, siempre que deriven de un cambio de proyecto que el contratista no pudo contemplar al momento de presentar su oferta y sean indispensables para dar cumplimiento al convenio.
- En contratos a suma alzada, el valor de la propuesta queda fijado por la suma total indicada por el proponente. Las cantidades de obras deben ser determinadas por el proponente, teniendo solo valor ilustrativo las cantidades de obras que la Dirección al llamar a licitación entregue.
- Según el Reglamento para Contratos de Obras Públicas, quedarán incluidas en el contrato todas las obras contempladas en las especificaciones técnicas ...
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