Contraloría - Dictamen N° 90328 2016
Contraloría determina deber de abstención en fiscalizaciones laborales concurrentes
Abstracto
La Contraloría estableció que la Inspección del Trabajo infringió el deber de abstención y el principio non bis in idem al fiscalizar materias ya investigadas previamente por la SEREMI.
Resumen
- La Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI) y la Dirección del Trabajo poseen competencias concurrentes para fiscalizar las condiciones de higiene y seguridad en el ambiente y lugares de trabajo.
- El Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, en su artículo 4º, N° 3, y el Libro III del Código Sanitario, otorgan a las SEREMI la facultad de fiscalizar las condiciones de higiene y seguridad ambiental y laboral.
- El Código del Trabajo, en su artículo 184, obliga a los empleadores a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.
- El artículo 191 del Código del Trabajo confiere a la Dirección del Trabajo facultades de fiscalización sobre el adecuado funcionamiento de instalaciones, máquinas, equipos e instrum...
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