Contraloría - Dictamen N° 91225 2016
Contraloría: Improcedencia de multas por atraso tras término anticipado contractual
Abstracto
La Contraloría General determina la improcedencia de aplicar multas por atraso tras el término anticipado de un contrato, señalando que deben aplicarse las garantías y restituyéndose saldos, salvo que concurran causales específicas.
Resumen
- Mauricio Zúñiga Barrientos, en representación de Constructora Pehuenche Ltda., reclamó ante la Contraloría General por el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de un contrato de obras públicas con la Municipalidad de Huechuraba tras un término anticipado.
- El reclamo se fundamentó en la improcedencia de aplicar multas por atraso en la ejecución del contrato una vez que este fue terminado anticipadamente por la municipalidad.
- La Municipalidad de Huechuraba habría resuelto destinar la garantía de fiel cumplimiento al pago de multas por atraso y otras sanciones derivadas del término anticipado del contrato.
- El artículo 152, inciso primero, del Reglamento para Contratos de Obras Públicas establece que las garantías y retenciones del contrato se mantendrán tras su término anticipado ...
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