Contraloría - Dictamen N° 92981 2016

Pago de descanso complementario pendiente por trabajos extraordinarios tras desvinculación

Abstracto

Se analiza el derecho al pago de descanso complementario pendiente tras desvinculación, aplicándose el Art. 66 de la Ley 18.834 y la jurisprudencia sobre enriquecimiento sin causa, condicionando el pago a la autorización previa y no uso del beneficio.

Resumen

  • Un exfuncionario reclamó el pago de días de descanso complementario pendientes, generados por trabajos extraordinarios ejecutados en los años 2014 y 2015, los cuales no le habrían sido pagados al momento de su desvinculación del Servicio Nacional de la Mujer.
  • La norma legal aplicable es el artículo 66, inciso segundo, de la ley N° 18.834, que regula la retribución de los trabajos extraordinarios en la Administración Pública.
  • Dicho artículo establece que los trabajos extraordinarios deberán ser retribuidos con descanso complementario.
  • Si el otorgamiento de descanso complementario no fuere posible por razones de buen servicio, la retribución se realizará con un recargo en las remuneraciones.
  • La jurisprudencia administrativa, contenida en el dictamen N° 28.188 de 2015 de la Contralo...

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