Contraloría - Dictamen N° 1271 2017

Procedencia pago dieta consejero regional designado tras renuncia y vacancia

Abstracto

La Contraloría determina que el consejero regional Freddy Arancibia Figueroa tiene derecho a percibir su dieta desde su designación para llenar una vacancia, sujeta a asistencia efectiva a las sesiones del consejo, conforme a la normativa aplicable.

Resumen

  • Determinación sobre la procedencia del pago de dieta a consejero regional designado para llenar vacancia.
  • La renuncia de un consejero para postular a cargo de elección popular no requiere aceptación del consejo según Art. 40(b) Ley 19.175.
  • La provisión de vacantes de consejero regional debe realizarse nombrando al siguiente en la lista electoral, conforme Art. 42(1) Ley 19.175.
  • Se validan los procedimientos de nombramiento y ratificación de consejero regional por parte del CORE y tribunales electorales.
  • Los consejeros regionales tienen derecho a una dieta mensual de 20 UTM por asistencia a sesiones, sujeta a reducción por inasistencias (Art. 39(1) Ley 19.175).
  • Existe una dieta adicional de 5 UTM en enero sujeta a una asistencia mínima del 75% a sesiones del consejo el año anter...

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