Contraloría - Dictamen N° 1723 2017

Dictamen Contraloría sobre provisión de cargos vacantes tras encasillamiento municipal

Abstracto

La Contraloría aclara que tras el encasillamiento municipal, si un cargo queda vacante por no cumplir requisitos el promovido, se cubre por ascenso según Ley 18.883, o excepcionalmente por concurso, aplicando jurisprudencia administrativa.

Resumen

  • El inciso segundo del artículo cuarto transitorio de la Ley N° 20.922 establece que, tras el encasillamiento, la planta municipal fijada por decreto con fuerza de ley debe mantener al menos un cargo en cada grado de los estamentos de auxiliares, administrativos y técnicos existente con anterioridad al proceso.
  • La Contraloría General interpreta que la Ley N° 20.922, en su artículo cuarto transitorio, prohíbe la eliminación total de los cargos de un mismo grado dentro de la planta municipal durante el proceso de encasillamiento.
  • El artículo primero transitorio de la Ley N° 20.922 define los requisitos necesarios para que una persona pueda acceder al incremento de grado en el marco del proceso de encasillamiento.
  • En situaciones donde un cargo queda vacante luego del encasillamiento, y...

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