Contraloría - Dictamen N° 3204 2017
Dictamen Contraloría: Firma de protocolos de autocontrol en contratos de obra pública
Abstracto
La Contraloría dictamina que las bases administrativas tipo para contratos de obra pública no exigen la firma del inspector fiscal en los protocolos de autocontrol, aunque se puede estipular en formatos específicos.
Resumen
- La Contraloría atiende una consulta sobre si los protocolos de autocontrol en contratos de obras públicas deben ser firmados por el inspector fiscal.
- Los protocolos de autocontrol se refieren al punto 6.17 de las bases administrativas tipo para Contratos de Obras Públicas, Construcción y Conservación, aprobadas por la resolución N° 258 de 2009 de la Dirección General de Obras Públicas.
- El autocontrol de calidad en la ejecución de las obras es responsabilidad de la empresa contratista y debe abarcar todos los ámbitos de la obra.
- La comprobación de la calidad del autocontrol se realiza sistemáticamente mediante protocolos, los cuales deben ser firmados por el Jefe de Control de Calidad o quien se acuerde con el Inspector Fiscal.
- Los protocolos de autocontrol, firmados, deben ser en...
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