Contraloría - Dictamen N° 4017 2017
Derecho a desahucio de obreros municipales: Ley 7.390 y sistemas previsionales
Abstracto
La Contraloría determina que un obrero municipal, incluso bajo sistemas previsionales distintos, conserva el derecho a desahucio según Ley N° 7.390, computable por todo su desempeño y sujeto a plazos legales.
Resumen
- El derecho a desahucio para los obreros municipales está establecido en la Ley N° 7.390, sustituida por el artículo 1º de la Ley N° 11.531.
- El desahucio equivale a 30 días de jornal por año servido o por fracción de tiempo no inferior a seis meses.
- Se computa el tiempo servido con anterioridad para el cálculo del desahucio de los beneficiados.
- El desahucio es de cargo de las municipalidades, las cuales deben prever las sumas necesarias en sus presupuestos.
- La vigencia del régimen de desahucio de la Ley N° 7.390 para obreros municipales se ha mantenido en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 transitorio de la Ley N° 18.883 (Estatuto Administrativo para funcionarios municipales).
- Los servidores de las municipalidades que opten o hayan optado por adscribirse al sistema previsi...
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