Contraloría - Dictamen N° 4312 2017
Dictamen sobre pago de turnos de llamada y labor extraordinaria en Gobierno Regional
Abstracto
Contraloría determina que turnos de llamada no son trabajo extraordinario si no hay ejecución efectiva de labores, ajustándose a derecho el no pago cuando el servicio no fue requerido por contingencia.
Resumen
- Se consulta sobre la legalidad del no pago de horas extraordinarias correspondientes a un sistema de turnos de llamada implementado para funcionarios del Gobierno Regional de Coquimbo, fundado en la ausencia de actividades agendadas para el intendente.
- La asociación de funcionarios argumentó que el sistema de turnos de llamada, al obligar a los servidores a permanecer ubicables y desatender obligaciones familiares, debe ser considerado trabajo extraordinario y pagado, independientemente de la ejecución efectiva de labores, para no vulnerar el derecho a descanso.
- El Gobierno Regional de Coquimbo sostuvo que el sistema de turnos de llamada se instauró para cubrir necesidades de traslado del intendente y que el pago del emolumento correspondiente solo se autoriza si efectivamente se rea...
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