Contraloría - Dictamen N° 4806 2017
Enajenación de inmuebles fiscales: Facultad discrecional del Presidente de la República
Abstracto
El Presidente de la República ejerce la facultad privativa y discrecional para enajenar inmuebles fiscales, a través del Ministerio de Bienes Nacionales, determinando mérito, conveniencia y oportunidad sin irregularidades detectadas.
Resumen
- Representantes de la Junta de Adelanto Balneario Flamenco y Junta de Vecinos N°19 interpusieron reclamo por vulneración de principios administrativos por parte de autoridades regionales en la regularización de la tenencia de la tierra en el sector.
- El Estado de Chile ha desarrollado una política tendiente a la normalización de la tenencia de la tierra, la cual contempla la entrega de títulos o la venta de terrenos fiscales tras aprobaciones de planificación territorial.
- El Ministerio de Bienes Nacionales considera las ocupaciones de terrenos fiscales del borde costero como asentamientos humanos ilegales, a menudo segundas viviendas, no aptos para urbanización, lo que dificulta su enajenación directa.
- Se propuso un "Plan de Normalización de Ocupaciones Ilegales" que considera el oto...
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