Contraloría - Dictamen N° 4911 2017
Dictamen sobre intereses moratorios en multas de la Superintendencia del Medio Ambiente
Abstracto
Este dictamen establece que las multas de la SMA no generan intereses moratorios mientras estén pendientes recursos administrativos o judiciales, según lo previsto en su ley orgánica y normativa aplicable.
Resumen
- Consulta de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sobre la fecha de inicio del devengamiento de intereses en multas aplicadas.
- Análisis basado en la Ley Orgánica de la SMA (Ley N° 20.417), específicamente en sus artículos 45 inciso segundo, 56 incisos primero y segundo, 55 inciso final, y 46.
- Consideración de la regla general de inmediata ejecutoriedad de los actos administrativos establecida en los artículos 3°, inciso final, y 51 de la Ley N° 19.880.
- De acuerdo al artículo 45, inciso segundo, de la Ley Orgánica de la SMA, las multas impuestas son a beneficio fiscal y deben pagarse en la Tesorería General de la República dentro de diez días desde la notificación de la resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 56.
- El artículo 56, inciso primero, de la Ley Or...
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