Contraloría - Dictamen N° 11400 2017

Dictamen Contraloría: no suspensión de actos administrativos por recursos

Abstracto

La Contraloría establece que los recursos administrativos no suspenden la ejecución de actos, salvo orden expresa de la autoridad, confirmando la ejecución de medidas ministeriales pese a recursos pendientes.

Resumen

  • Los recursos administrativos interpuestos contra actos de la Administración Pública no suspenden, por regla general, la ejecución de dichos actos.
  • La ejecutividad inmediata de los actos administrativos, conforme al artículo 51 de la Ley N° 19.880, implica que surten efectos desde su notificación o publicación.
  • Conforme al artículo 57, inciso segundo, de la Ley N° 19.880, la autoridad que resuelve un recurso administrativo puede suspender la ejecución del acto impugnado si, a petición fundada del interesado, concurre daño irreparable o imposibilidad de cumplimiento futuro.
  • La suspensión de la ejecución de un acto administrativo puede ser ordenada de oficio o a solicitud de parte, en virtud de los principios generales de actuación administrativa (artículo 8° de la Ley N° 18.575).
  • L...

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