Contraloría - Dictamen N° 11491 2017
Interpretación asignación de casa militar: gastos, cónyuge y enriquecimiento sin causa.
Abstracto
Dictamen analiza la asignación de casa para personal de FF.AA., estableciendo que solo procede si el funcionario acredita gastos de vivienda no fiscal, evitando el enriquecimiento sin causa si ambos cónyuges la perciben.
Resumen
- El pago de la asignación de casa para personal de las Fuerzas Armadas solo corresponde al funcionario que acredita efectivamente efectuar gastos para procurarse una vivienda, por no habitar un inmueble fiscal o proporcionado por el Fisco.
- La asignación de casa, regulada por el artículo 185, letra f), del Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas (DFL N° 1, 1997), es un beneficio mensual no imponible destinado a compensar al servidor por mayores expensas en que incurre al no ocupar casa fiscal.
- El derecho a percibir la asignación de casa cesa cuando el funcionario no se ve obligado a efectuar gastos para procurarse una vivienda, ya que pierde su causa o finalidad compensatoria.
- Para conceder la asignación de casa, el empleado debe tener cargas familiares legalmente reconocidas y ...
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