Contraloría - Dictamen N° 11897 2017
Interpretación Ley 20.730 sobre gestiones de asociaciones de funcionarios
Abstracto
La Contraloría General aclara la aplicación de la Ley N° 20.730 a las gestiones de asociaciones de funcionarios, distinguiendo entre lobby e intereses particulares y detallando las exclusiones del artículo 6º, las cuales dependen de circunstancias específicas.
Resumen
- El Ministerio del Trabajo y Previsión Social solicitó un pronunciamiento sobre si las peticiones de asociaciones de funcionarios a sus respectivos servicios, relativas a condiciones de trabajo y relaciones laborales, se rigen por el artículo 6º de la Ley N° 20.730.
- La Ley N° 20.730 regula tanto las actividades de lobby como aquellas gestiones que, sin ser constitutivas de lobby, implican la administración de algún interés particular.
- La "gestión de interés particular" se define en el artículo 2°, N° 2 de la Ley N° 20.730 como toda gestión o actividad destinada a promover, defender o representar un interés particular para influir en las decisiones de sujetos pasivos de la ley.
- Las asociaciones de funcionarios, en general, no son consideradas gestores de lobby pues no reciben remuner...
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