Contraloría - Dictamen N° 11909 2017

Dictamen sobre renovación de contratas y principio de legítima confianza

Abstracto

La Contraloría determina que el Servicio de Salud Araucanía Norte debe renovar las contratas de dos recurrentes, aplicando el principio de legítima confianza y exigiendo motivación para los actos administrativos de no renovación.

Resumen

  • El principio de legítima confianza se aplica a las contrataciones en el sector público cuando existen al menos dos renovaciones anuales sucesivas.
  • Dos recurrentes, doña Sandra Medi Venegas (en representación de la señora Perla Jaramillo González) y don César Avilés Salazar, reclamaron ante la Contraloría General por la no renovación de sus contratas para el año 2017 por parte del Servicio de Salud Araucanía Norte (SSAN).
  • Los recurrentes fundaron sus alegaciones en que los oficios de no renovación carecían de motivación y no constituían actos administrativos válidos.
  • El SSAN manifestó que la no renovación de la contrata de la señora Jaramillo González se debía a la necesidad de contar con un psicólogo clínico en el cargo, y la del señor Avilés Salazar a la reasignación de su función...

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