Contraloría - Dictamen N° 13920 2017
Dictamen: EUNACOM requisito para libre elección médica con excepciones
Abstracto
FONASA debe exigir EUNACOM para inscripción en libre elección, pero puede aplicar excepciones jurisprudenciales por continuidad del servicio y protección al paciente.
Resumen
- El Fondo Nacional de Salud (FONASA) tiene la atribución de exigir el cumplimiento de los requisitos legales para la inscripción de médicos en la modalidad de libre elección.
- El Régimen de Prestaciones de Salud, creado por el DFL N° 1, 2005, del Ministerio de Salud, contempla la modalidad institucional y la modalidad de libre elección, donde los beneficiarios eligen libremente a sus prestadores de salud.
- La modalidad de libre elección requiere que los profesionales y entidades de salud suscriban un convenio con FONASA y se inscriban en su registro, como establece el artículo 143, inciso primero, del DFL N° 1, 2005, y el artículo 46 del Decreto N° 369, de 1985.
- FONASA ejerce tuición, fiscalización y administración sobre la modalidad de libre elección, según lo disponen el artículo 14...
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