Contraloría - Dictamen N° 13928 2017
Dictamen sobre certificación de condominios de viviendas sociales
Abstracto
Este dictamen aclara a la Municipalidad de Santiago la certificación de conjuntos habitacionales como condominios de viviendas sociales bajo Ley 19.537, analizando artículos clave y distinguiendo entre edificios y 'casas corridas'.
Resumen
- La Municipalidad de Santiago solicitó un pronunciamiento para determinar la calificación de conjuntos habitacionales como condominios de viviendas sociales, identificando una discrepancia entre la aplicación del artículo 49 y el artículo transitorio de la Ley N° 19.537.
- Según el artículo 39, inciso tercero, de la Ley N° 19.537, son condominios de viviendas sociales aquellos conjuntos constituidos mayoritariamente por viviendas sociales.
- El artículo 40 y el artículo 46 bis de la Ley N° 19.537 establecen que la calidad de condominio de viviendas sociales debe ser certificada por el Director de Obras Municipales (DOM).
- El artículo 49 de la Ley N° 19.537 se aplica a comunidades de copropietarios previamente acogidas a la Ley de Propiedad Horizontal (Ley N° 6.071), requiriendo aplicar l...
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