Contraloría - Dictamen N° 13931 2017
Reconsideración sobre altura de adosamiento y su relación con altura máxima edificatoria
Abstracto
La Contraloría General rechaza solicitud de reconsideración sobre interpretación del artículo 2.6.2 de la OGUC, reafirmando que la altura de adosamiento no puede superar la altura máxima de edificación permitida por instrumentos de planificación territorial.
Resumen
- La Municipalidad de Santiago solicitó a la Contraloría General la reconsideración de la interpretación dada al artículo 2.6.2. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) en dictámenes previos.
- El artículo 2.6.2. de la OGUC establece que la altura de adosamiento en el deslinde no debe exceder 3,5 m, permitiendo mayor altura si coincide con una edificación vecina preexistente de mayor altura, sin sobrepasar ésta.
- La interpretación previa de la Contraloría (dictámenes 7744/2012, entre otros) sostenía que dicha excepción permitía superar la altura de adosamiento, pero no la altura máxima edificatoria fijada por instrumentos de planificación territorial.
- La Municipalidad argumentó que la excepción del artículo 2.6.2. OGUC es aplicable y no está limitada por la altura m...
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