Contraloría - Dictamen N° 23599 2017
Contraloría: Requisitos para acumulación de feriado pendiente en Carabineros
Abstracto
La Contraloría determina que un funcionario de Carabineros no puede acumular su feriado pendiente si no lo solicitó formalmente y no hubo anticipación/postergación por parte de la jefatura, perdiendo el derecho en el año siguiente.
Resumen
- Solicitud de José Vega Salinas, funcionario de Carabineros de Chile, para el reconocimiento de su derecho a usar el feriado pendiente correspondiente al año 2015.
- Informe de Carabineros señalando que el funcionario no solicitó formalmente la acumulación de su feriado pendiente para esa anualidad, de acuerdo a su normativa interna.
- Aplicación del artículo 5º del decreto N° 625, de 1964, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Feriados, Permisos, Licencias y Otros Beneficios.
- Facultad del jefe superior para anticipar o postergar la época del feriado por necesidades del servicio, siempre que quede comprendido dentro del año respectivo.
- Excepción al goce del feriado dentro del año: el funcionario puede pedir expresamente hacer uso conjunto de su feriado pendiente con el que cor...
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