Contraloría - Dictamen N° 32041 2017

Contraloría General declina pronunciarse por competencia de la Superintendencia

Abstracto

La Contraloría General informa que la Superintendencia de Pensiones es competente para resolver desafiliaciones previsionales según la ley, por lo que no corresponde pronunciarse sobre una solicitud ya resuelta por dicho organismo.

Resumen

  • Una persona solicitó a la Contraloría General un pronunciamiento sobre su derecho a desafiliarse del sistema de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500 de 1980.
  • El pronunciamiento se fundamenta en la ley N° 18.225 (art. 1°), la ley N° 20.255 (art. 47 N° 1 y art. 48) y el decreto ley N° 3.500 de 1980.
  • Según la ley N° 18.225 y la ley N° 20.255, el organismo competente para conocer y resolver peticiones de desafiliación del sistema de pensiones es la Superintendencia de Pensiones.
  • La Superintendencia de Pensiones, mediante resolución exenta N° 70.147 de 2013, rechazó la solicitud de desafiliación de la recurrente por no cumplir los requisitos establecidos.
  • La Contraloría General no puede pronunciarse sobre la materia, dado que esta es de competencia de la Superintendencia de Pe...

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