Contraloría - Dictamen N° 33921 2017
Dictamen sobre retiro temporal de funcionario PDI en reposo preventivo
Abstracto
La Contraloría determina que el retiro temporal de un funcionario PDI acogido a reposo preventivo solo surte efecto tras seis meses de alta médica, pues no es una causal imputable al servidor.
Resumen
- Un funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile impugnó la decisión de su retiro temporal, argumentando que no era procedente debido a que se encontraba acogido a reposo preventivo.
- La entidad policial informó que la determinación de retiro, adoptada por la causal prevista en el artículo 90, letra b), del Estatuto del Personal (DFL N° 1, 1980), solo se haría efectiva una vez transcurrido el plazo legal del reposo.
- La Contraloría General señala que el retiro temporal constituye un ejercicio de una atribución del Presidente de la República, no una sanción disciplinaria, que requiere la ponderación de antecedentes y debe ser fundado.
- Se constató que el funcionario padece una enfermedad cubierta por la Ley N° 6.174 y estuvo en reposo total entre el 1 y el 31 de mayo de 2017. -...
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