Contraloría - Dictamen N° 36415 2017
Obligación de declarar intereses y patrimonio en corporaciones municipales
Abstracto
La Contraloría General aclara que secretarios ejecutivos y directores de corporaciones municipales deben presentar la declaración de intereses y patrimonio (DIP) según ley 20.880, independientemente de si perciben honorarios por sus funciones.
Resumen
- El Dictamen aborda la pertinencia de que secretarios ejecutivos y directores de corporaciones municipales presenten la declaración de intereses y patrimonio (DIP), contemplada en la ley N° 20.880, aun cuando no perciban honorarios por sus funciones.
- El artículo 4°, N° 8, de la ley N° 20.880 establece la obligación de realizar una DIP para los directores y secretarios ejecutivos de fundaciones, corporaciones o asociaciones reguladas en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006 (que sistematiza la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades).
- Las municipalidades, conforme a la ley N° 18.695 y el decreto con fuerza de ley N° 1-3.063 de 1980, pueden crear o concurrir en la formación de corporaciones, fundaciones y asociaciones para fines de desarrollo comunal, promoción cu...
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