Contraloría - Dictamen N° 36425 2017

Determinación de Comisión Médica Competente para Invalidez Montepío Asignatarios DIPRECA

Abstracto

La Contraloría determina que la Comisión Médica Central de Carabineros es la competente para establecer la invalidez o incapacidad de asignatarios de montepío de exfuncionarios de DIPRECA, según la normativa vigente.

Resumen

  • La Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) solicitó un pronunciamiento para determinar la Comisión Médica competente para establecer la invalidez o incapacidad de asignatarios de montepío de exfuncionarios de DIPRECA.
  • La determinación de invalidez o incapacidad para el montepío se rige por el artículo 70 bis de la ley N° 18.961, modificado por el artículo 9° de la ley N° 20.735.
  • Históricamente, la ley N° 18.961 (art. 70 bis), el DFL N° 2/1968 (arts. 121, 125) y su art. 126 facultaban a la Comisión Médica Central de Carabineros para acreditar la invalidez absoluta para montepío.
  • La ley N° 20.735, en su artículo 9°, sustituyó el artículo 70 bis de la ley N° 18.961, estableciendo nuevos requisitos para los asignatarios de montepío.
  • La normativa actual (artículo 70 b...

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