Contraloría - Dictamen N° 37912 2017
Interpretación de inhabilidad por parentesco y DIP en plantas municipales
Abstracto
La Contraloría General aclara que la inhabilidad por parentesco en municipalidades aplica a jefes de departamento y sus equivalentes, no a jefaturas; y define quiénes deben presentar declaración de intereses y patrimonio según la ley.
Resumen
- El artículo 54, letra b), de la Ley N° 18.575 establece que no podrán ingresar a cargos en la Administración del Estado las personas que tengan parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad con autoridades y funcionarios directivos, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente.
- La Municipalidad de Santiago consultó si la inhabilidad por parentesco se configuraba solo respecto de jefes de departamento o también de aquellos en la planta de jefaturas, señalando una posible jurisprudencia contradictoria.
- Existen dictámenes previos que generaron confusión: el N° 29.517/2007 aplicó la inhabilidad respecto de un suegro en planta de jefaturas, mientras que el N° 68.879/2015 estimó que no afectaba la incorporación de la hija de una funcionaria de igual pl...
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