Contraloría - Dictamen N° 38276 2017
Dictamen sobre integración de personal a honorarios en comités de capacitación municipal
Abstracto
La Contraloría determina que el personal a honorarios puede integrar comités bipartitos de capacitación municipal, ya sea como representante del alcalde o electo por los trabajadores, dada la naturaleza consultiva y discrecional de dichos comités.
Resumen
- La Municipalidad de Collipulli consultó sobre la procedencia de que prestadores de servicios a honorarios integren el comité bipartito de capacitación municipal, en virtud del artículo 28 de la Ley N° 18.883.
- El artículo 28, inciso segundo, de la Ley N° 18.883 faculta a las municipalidades para crear comités bipartitos que desarrollen tareas consultivas en materias de capacitación del personal.
- La instauración de estos comités bipartitos es una materia entregada a la discrecionalidad del respectivo municipio, sin que se haya impuesto una forma específica de integración.
- El Dictamen N° 12.758, de 2016, de la Contraloría General, concluyó que la Ley N° 19.518, sobre Estatuto de Capacitación y Empleo, no es aplicable a los comités bipartitos de capacitación que funcionan en la Adminis...
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