Contraloría - Dictamen N° 38382 2017

Dictamen sobre procedencia de cotizaciones previsionales en servicio posterior a afiliación AFP

Abstracto

Contraloría establece que cotizaciones a Caja de Previsión de la Defensa Nacional por labor en el Comando de Bienestar, tras afiliación al sistema AFP, no son procedentes y deben ser traspasadas.

Resumen

  • Un exfuncionario del Ejército solicitó la reliquidación de su pensión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) para incluir un período de servicios prestados en el Comando de Bienestar de esa entidad.
  • El Ejército argumentó que el recurrente no tenía derecho a cotizar en Capredena por su labor en el Comando de Bienestar, dado que se había adscrito previamente al sistema de capitalización individual.
  • La Caja de Previsión de la Defensa Nacional confirmó que el recurrente mantenía cotizaciones vigentes por servicios en el Comando de Bienestar entre el 1 de noviembre de 2009 y el 31 de diciembre de 2015.
  • La Superintendencia de Pensiones indicó que el afectado se incorporó al sistema de capitalización individual el 1 de noviembre de 1985, con cotizaciones en el sector p...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora