Contraloría - Dictamen N° 41238 2017

Contraloría General: Plazo y requisitos para reglamentos de planta municipal

Abstracto

La Contraloría General aclara que la facultad municipal de modificar plantas de personal mediante reglamento, según Ley 18.695, solo puede ejercerse por primera vez desde el 1 de enero de 2018, cumpliendo requisitos normativos y de procedimiento previo.

Resumen

  • La facultad otorgada por el artículo 49 bis de la ley N° 18.695 permite a los alcaldes municipales fijar o modificar las plantas de personal mediante un reglamento municipal.
  • El ejercicio de esta facultad por primera vez está específicamente regulado por el artículo noveno transitorio de la ley N° 20.922, habilitándolo para ser ejercido a partir del 1 de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019.
  • La Contraloría General desestima interpretaciones que sugieren la posibilidad de ejercer esta facultad antes del 1 de enero de 2018, calificándolas como contrarias a la voluntad expresa del legislador y al tenor literal de la norma.
  • El ejercicio de la facultad de fijar o modificar la planta de personal está sujeto a límites y requisitos detallados en el inciso tercero del artículo 4...

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