Contraloría - Dictamen N° 41978 2017
Inhabilidad para reingresar a la administración tras destitución y su cómputo
Abstracto
La Contraloría General define que la inhabilidad para reingresar a la administración del Estado tras una sanción expulsiva de destitución dura cinco años, computados desde el total trámite de la resolución que la impuso, es decir, desde su notificación.
Resumen
- La consulta aborda la inhabilidad para reingresar a la Administración del Estado tras ser objeto de una sanción expulsiva de destitución.
- La aplicación de una sanción de destitución inhabilita al servidor para desempeñarse en cualquier calidad en la Administración del Estado.
- Esta inhabilidad tiene una duración de cinco años, la cual solo cesa si transcurre dicho plazo desde la fecha de expiración de funciones.
- Esta regla se sustenta en el artículo 38, letra f), de la ley N° 10.336, y en el artículo 12, letra e), de la ley N° 18.834.
- En el caso concreto, la exfuncionaria María Chamaca Guajardo, de la Dirección del Trabajo, fue objeto de una medida disciplinaria de destitución.
- La destitución le fue impuesta mediante la resolución N° 971, de 2012, emitida por la Dirección del Tr...
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