Contraloría - Dictamen N° 44486 2017

Dictamen Contraloría: Distribución horas no lectivas y principio de racionalidad

Abstracto

La Contraloría determina que los directores deben distribuir horas no lectivas en bloques suficientes, aplicando proporcionalidad y racionalidad, según necesidades del servicio y normativa, para asegurar el desarrollo de tareas docentes.

Resumen

  • La determinación de los bloques de tiempo para la distribución de horas no lectivas corresponde al director del establecimiento educacional, quien debe estimar los bloques de tiempo adecuados, conforme a la proporcionalidad prevista en la normativa y al principio de racionalidad.
  • Los directores de establecimientos educacionales deben velar por la adecuada asignación de tareas, asegurando que las horas no lectivas sean efectivamente destinadas a los fines señalados, y que se asignen en bloques de tiempo suficiente para el desarrollo de actividades individuales y colaborativas, en conformidad con el artículo 6º, letra b), inciso final, de la Ley N° 19.070, modificado por la Ley N° 20.903.
  • La jornada semanal docente se conforma por horas de docencia de aula y horas de actividades curric...

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