Contraloría - Dictamen N° 14622 2018
Viviendas Económicas, Ampliaciones y Pérdida de Beneficios Urbanísticos
Abstracto
El dictamen aclara que las ampliaciones que hagan superar 140 m² a viviendas económicas implican la pérdida de sus beneficios y la obligación de cumplir todas las normas urbanísticas del plan regulador.
Resumen
- El dictamen aborda la interpretación del artículo 6.1.8 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) en relación con las ampliaciones de viviendas económicas y la subsistencia de sus beneficios.
- La consulta fue realizada por la Municipalidad de Lo Barnechea, solicitando un pronunciamiento sobre la aplicación de normas urbanísticas a conjuntos de viviendas económicas ampliadas.
- El Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 2, de 1959, define las viviendas económicas como aquellas con superficie edificada no superior a 140 metros cuadrados por unidad, además de otros requisitos normados.
- El artículo 18 del DFL N° 2, de 1959, estipula que los beneficios y franquicias de este decreto caducan si las viviendas económicas pierden sus características esenciales.
- La Ley General de...
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