Contraloría - Dictamen N° 20376 2018
Contraloría: Actualización instrumentos planificación territorial y facultades
Abstracto
La Contraloría explica que la Ordenanza General debe normar la actualización de instrumentos territoriales según Ley 21.078. Al no existir dicha normativa y ser las consultas genéricas, no se emite pronunciamiento.
Resumen
- El nuevo artículo 28 sexies de la Ley General de Urbanismo y Construcciones exige la actualización periódica de los instrumentos de planificación territorial en un plazo máximo de diez años.
- Las normas específicas para la actualización de los instrumentos de planificación territorial, conforme al artículo 28 sexies, deberán ser dispuestas por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
- La Contraloría General de la República se abstuvo de emitir pronunciamiento sobre interrogantes genéricas e hipotéticas relativas a la actualización de instrumentos de planificación territorial, por carecer de interés específico del consultante.
- La Ley N° 21.078 introdujo modificaciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, incluyendo el artículo 28 sexies sobre actualización de ins...
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