Contraloría - Dictamen N° 20778 2018
Dictamen sobre integración junta calificadora central y suplente representante personal
Abstracto
Dictamen aclara que el suplente del representante del personal no integra la junta calificadora central si concurre el titular, y que funcionarios a contrata pueden asistir en labores administrativas.
Resumen
- El representante suplente del personal solo integra la Junta Calificadora Central en ausencia o impedimento del representante titular.
- La Ley N° 18.834, en su artículo 35, incisos quinto y noveno, regula la composición de la Junta Calificadora Central, estableciendo la necesidad de representantes titulares y suplentes del personal.
- Se consideró ajustado a derecho la exclusión de un suplente del representante del personal de una sesión de la Junta Calificadora Central cuando el representante titular sí asistió y estaba presente.
- El reclamo de exclusión del suplente del representante del personal fue desestimado al constatarse que el representante titular de su estamento sí asistió a las sesiones de la Junta Calificadora.
- La asistencia de un funcionario a contrata como asesor técni...
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