Contraloría - Dictamen N° 20918 2018
Determinación sobre viáticos y gastos de traslado de concejales a sesiones
Abstracto
La Contraloría aclara que no proceden viáticos para concejales que asisten a sesiones en localidades distintas a la sede municipal, pero admite la cobertura excepcional de gastos de traslado para fomentar participación ciudadana.
Resumen
- La Contraloría Regional de Aysén analizó una solicitud de reconsideración del dictamen N° 86.183 de 2013, que se refería a la procedencia de otorgar viáticos a concejales por asistir a sesiones del concejo municipal en una localidad distinta de la sede municipal.
- La autoridad municipal sostenía que asistir a una sesión del concejo no constituye un 'cometido' en representación de la municipalidad, sino una obligación propia del cargo de edil.
- El inciso final del artículo 88 de la Ley N° 18.695 establece que los concejales, al desempeñar cometidos en representación de la municipalidad, tienen derecho a percibir fondos para cubrir gastos de alimentación y alojamiento, equivalentes al viático del alcalde.
- El Decreto con Fuerza de Ley N° 262 de 1977 (Reglamento de Viáticos) define el vi...
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