Contraloría - Dictamen N° 1282 2019
Improcedencia pago horas extraordinarias a funcionario PDI en comisión de servicios
Abstracto
La Contraloría determina que un funcionario de la PDI en comisión de servicios en la Intendencia del Biobío no tiene derecho al pago de horas extraordinarias, pues su estatuto no lo contempla y rige su régimen original.
Resumen
- Caso: Consulta de la Contraloría Regional del Biobío sobre procedencia de pago de horas extraordinarias a funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) que se desempeña en comisión de servicios en la Intendencia de la Región del Biobío.
- Normativa Estatutaria PDI: Las remuneraciones del personal de la PDI se rigen por su propio estatuto (DFL N° 1, 1980), el cual no contempla el pago de horas extraordinarias, de acuerdo con el Reglamento de Asignaciones (Decreto N° 135, 2009).
- Aplicación Supletoria del Estatuto Administrativo: El Estatuto Administrativo (Ley N° 18.834) solo se aplica de manera supletoria al personal de la PDI en materias no tratadas específicamente en su ordenamiento jurídico propio.
- Régimen Remuneracional Específico de la PDI: El estatuto de la PDI reg...
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