Contraloría - Dictamen N° 1542 2019

Dictamen Contraloría sobre rol CORE e Intendente en evaluación ambiental

Abstracto

Dictamen de Contraloría aclara que informes de Gobiernos Regionales en evaluación ambiental requieren acuerdo del Intendente y CORE, especificando causales de rechazo y responsabilidades.

Resumen

  • Los Gobiernos Regionales (GORES) deben emitir informes respecto a proyectos y actividades sujetas a evaluación de impacto ambiental, conforme a los artículos 8° y 9° ter de la Ley N° 19.300, debiendo ser estos informes elaborados por el Intendente Regional y sometidos al acuerdo del Consejo Regional (CORE).
  • El artículo 8° de la Ley N° 19.300 establece que los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental requieren una evaluación de impacto ambiental y, además de otros pronunciamientos, un informe del Gobierno Regional sobre la compatibilidad territorial.
  • El artículo 9° ter, inciso segundo, de la Ley N° 19.300 dispone que la Comisión de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), presidida por el Intendente, debe solicitar un pronunciamiento al Gobierno Regional sobre l...

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