Contraloría - Dictamen N° 2068 2019
Dictamen sobre transferencia directa de descuentos de remuneraciones a cooperativas
Abstracto
La Contraloría General determinó que el Hospital de Urgencia Asistencia Pública debe transferir directamente los descuentos por préstamos de sus funcionarios a la cooperativa, conforme al Artículo 55 de la Ley General de Cooperativas.
Resumen
- El Hospital de Urgencia Asistencia Pública (HUAP) tiene la obligación legal de transferir directamente a la cooperativa los montos descontados de las remuneraciones de sus funcionarios por préstamos.
- Esta obligación se fundamenta en el Artículo 55, inciso segundo, del Decreto con Fuerza de Ley N° 5, de 2003, que fija el texto de la Ley General de Cooperativas.
- Los descuentos corresponden a préstamos adquiridos voluntariamente por los trabajadores que son socios de la cooperativa.
- La Cooperativa de Ahorro y Crédito Somnaval Ltda. reclamó ante la Contraloría General por la no transferencia directa de los fondos, los cuales eran remitidos a través de la FENATS HUAP.
- El HUAP argumentó que los descuentos se realizaban a petición del empleado o su asociación, y que el convenio con la c...
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